TRÁMITES
DOCUMENTO ÚNICO ADMINISTRATIVO (DUA)
Se trata de un impreso que ha de cumplimentarse obligatoriamente ante la aduana para los intercambios de mercancías (importaciones y exportaciones) entre los miembros comunitarios y terceros países.
Se utiliza, tanto en las importaciones como en las exportaciones y tiene, a todos los efectos, el carácter de declaración tributaria, además de constituir el soporte para el suministro de datos para su tratamiento en diversos ámbitos de utilización -estadísticos, contables, informáticos, de liquidación, de control-, por lo que obliga al interesado a velar de modo especial por la exactitud y autenticidad de datos y documentos y al cumplimiento de cuantos deberes fueran exigibles en razón de su normativa de aplicación. El declarante ha de consignar con exactitud los siguientes extremos: mercancías (valor, clase, cantidad, etc.); origen, destino, pesos, tipo de cambio; documentos unidos. Debe ser firmado por el titular o por persona autorizada.
BILL OF LADING
Es un recibo dado al embarcador o shipper por las mercancías entregadas y demuestra la existencia de un contrato de transporte, otorgando derechos sobre las mercancías a quien lo posee.
El exportador solicita el bill of lading al transitario y éste lo envía al importador a través de un servicio de paquetería urgente. El coste del envío de este documento suele negociarse entre las dos partes.
REGÍMENES ARANCELARIOS
PROCEDIMIENTO DE LA IMPORTACIÓN
Todo importador debe registrarse ante las autoridades encargadas del comercio exterior, SISEX, para formar parte del sistema aduanero informático, el SISCOMEX. Para más información.
El registro representa una inversión elevada, pues los requisitos previos, principalmente en términos de capital mínimo, son significativos. El régimen vigente en Brasil otorga licencias de importación de manera automatizada, salvo para un cierto número de productos enumerados a continuación. De manera general, está prohibido importar bienes de consumo que ya hayan sido utilizados. Existen algunas excepciones.
PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE LA IMPORTACIÓN
Es necesario obtener un acuerdo específico del ministerio en cuestión para los productos siguientes: bebidas, productos farmacéuticos o veterinarios, armas y municiones, así como un gran número de cosméticos, metales raros, productos radioactivos o que puedan atentar contra el medio ambiente, y el petróleo y todos sus derivados. El Ministerio de Salud controla todos los productos que puedan afectar al cuerpo humano, entre los que se encuentran los productos farmacéuticos, las vitaminas, los cosméticos y los dispositivos médicos. Estos productos solo pueden importarse y venderse en Brasil si la empresa extranjera ha creado una unidad de fabricación o una oficina local en Brasil o si la empresa extranjera ha contratado a un distribuidor brasileño que cuenta con una autorización para importar y distribuir productos médicos concedida por las autoridades brasileñas.
Se prohíbe la importación de diferentes tipos de carnes.
IMPORTAR MUESTRAS
Las muestras importadas serán consideradas por la aduana a su valor comercial, salvo acuerdo particular en función de la cantidad y del tamaño de las muestras.
ARANCELES E IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN
UMBRAL DE ADUANAS (de la que se requieren los aranceles)
Ningún derecho de aduana se aplica a las importaciones cuyo valor CIF sea inferior a 50 USD.
ARANCELES PROMEDIO (sin contar productos agrícolas)
10,73%, lo cual está dentro del promedio de los países emergentes.
Encontrará los aranceles por pais en la página web de la Oficina Internacional de Tarifas Aduaneras.
PRODUCTOS SUJETOS A ARANCELES MÁS ELEVADOS
Productos agrícolas, licores fermentados, equipo informático y telecomunicaciones.
Productos sujetos a aranceles menos elevados
Miembro del MERCOSUR (Mercado Común del Sur: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay).
Los aranceles entre los países miembros han sido teóricamente retirados en 1994; sin embargo, existen muchas excepciones. Según el “Régimen de Adaptación” (Regime de Adecuaçao): bienes de capital, tecnologías de la información, el sector de telecomunicaciones, automóviles, y el sector azucarero.
La tarifa exterior común (CET) no concierne todos los productos: solo 75% de las líneas tarifarias se benefician de una tarifa única. Existe además un cierto número de productos sensibles dependiendo del país (cerca de 300 para Brasil) que están igualmente exentos de esta tarifa única.
La CET fue completamente puesta en práctica en 2006, con la estructura siguiente:
- 0% a 14% para los bienes de capital;
-16% a 20% para el textil, los artículos de ropa, los bienes de consumo;
-10% a 15% para la metalurgia;
-12% a 16% para los productos agrícolas y los sectores de tratamiento de la información y las telecomunicaciones.
Los países aplican más o menos las recomendaciones del órgano central según su situación económica. Una reexportación dentro del MERCOSUR no da derecho a una exención de aranceles: así si usted exporta un producto a Brasil para venderlo luego en Argentina, deberá pagar los aranceles brasileños y los argentinos.
Existen diferentes acuerdos aduaneros, sea entre MERCOSUR y otros países (UE, Chile y Bolivia), sea de manera bilateral entre Brasil y otros países (Chile, Pacto Andino). Brasil ha publicado en mayo de 2013 un sistema de recuperación de los acuerdos de preferencias arancelarias firmados por el país llamado CAPTA.
CLASIFICACIÓN ADUANAL
Brasil aplica el sistema Aduanero Armonizado. La nomenclatura común del Mercosur (NCM) es utilizada para ajustarse al sistema Aduanero Armonizado.
MÉTODO DE CÁLCULO DE ARANCELES
Ad Valorem sobre el valor CIF de la mercadería. Atención, existe un cierto número de precios mínimos aplicados por la Aduana Brasileña para el cálculo de los impuestos. La mayoría de los impuestos se calculan sobre una base acumulativa.
IMPUESTOS A LA IMPORTACIÓN (excluyendo los impuestos al consumo)
El costo de la importación se compone de una tasa de importación (II), de tasas sobre el valor añadido estándar (ICMS) y un impuesto que se aplica a los productos industriales (IPI). El impuesto de importación es una tasa específica consensuada para determinados productos a nivel federal y que se recauda sobre el valor CIF. En general, este impuesto oscila entre el 10 y el 35%. El IPI es un impuesto federal que se aplica a la mayoría de los productos manufacturados locales e importados. No se considera como un costo para el importador porque su valor se le devuelve. En general, este impuesto se encuentra entre el 0 y el 15%.
El ICMS es un impuesto sobre el valor añadido del gobierno del estado aplicable a las importaciones y a los productos nacionales. Aunque los importadores deben pagar el ICMS al pasar los productos importados por aduana, este impuesto no les supone necesariamente un costo porque se les devuelve el valor. El índice de este impuesto varía según los estados: está entre el 7% y el 18% en el estado de São Paulo. Ciertos sectores económicos están exentos de este impuesto.
Además de los impuestos anteriores, también hay otros impuestos menores y cuotas que se aplican a las importaciones:
-Guia de Importaçao: 70 USD; es una cantidad fija que se paga para la obtención de una licencia de importación.
-Merchant Marine Renovación Fee (cuota de renovación de marina mercante): 25% del importe total del flete.
-Envíos por avión entre 50 y 3.000 USD sujetos a una tasa del 60% sobre el valor FOB de la mercancía.